martes, 30 de septiembre de 2014

Permiso para exámenes médicos

La ley N° 20.769 publicada el 20 de septiembre de 2014 modifica el Código del Trabajo a través de un artículo único que incorpora en el citado cuerpo legal el artículo 66 bis que otorga medio día de permiso, una vez al año, para la realización de determinados exámenes. Los requisitos que establece son:

1.       Trabajadoras mayores de 40 años de edad y los trabajadores mayores de 50 años de edad.
2.       Contar con contratos de trabajo por un plazo superior a treinta días o indefinidos
3.       Realizar exámenes de mamografía y próstata, respectivamente
4.       Realizar exámenes de medicina preventiva, tales como el examen de papanicolau (pueden ser otros con función preventiva)

En el caso de aquellos contratos celebrados por un plazo fijo, o para la realización de una obra o faena determinada, este derecho podrá ejercerse a partir de los treinta días de celebrado el contrato de trabajo, y en cualquier momento durante su vigencia.

En cuanto a la extensión del permiso, será complementado con el tiempo suficiente para los traslados hacia y desde la institución médica, considerando las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad de equipamiento médico necesario.

En cuanto a la forma de solicitar el permiso, el mismo artículo señala que los trabajadores deberán dar aviso al empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes y con posterioridad a su realizar, deberán presentar los comprobantes suficientes que acrediten su realización en la fecha estipulada.

El tiempo otorgado para este permiso será considerado como trabajado para todos los efectos legales. Su compensación en dinero se encuentra expresamente prohibido por ley.


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