miércoles, 23 de enero de 2013

LA MEDIACIÓN FAMILIAR: Una etapa obligatoria previa al Juicio

La mediación familiar es un sistema de resolución de conflictos a través de acuerdos a los que las partes llegan ayudadas por un tercero imparcial llamado mediador familiar.
En el año 2009, empezó a regir la mediación obligatoria en algunas materias de familia, estas son: Pensiones de Alimentos, Régimen Comunicacional y Cuidado Personal.
Si durante la mediación las partes llegan a acuerdo, se presenta esa acta al Juez de Familia correspondiente al domicilio de las partes y acto siguiente el Juzgado aprueba la mediación dictando una resolución; asi este acuerdo tendrá el mismo valor jurídico que una sentencia.
Elección del mediador: si es privado (pagado) las partes lo escogen del Registro de Mediadores disponible en el Ministerio de Justicia. Si no hay acuerdo, el juez lo designará; Si la mediación no es pagada, el interesado se debe acercar a un centro de mediación licitada.
Proceso de mediación: Durante las sesiones de mediación ambas partes inician un diálogo con el mediador para construir un acuerdo sobre las materias que originan el conflicto. En este punto el mediador cumple el importante rol de acercar las visiones, apoyar a las partes a que busquen alternativas solución.
Si la mediación termina en acuerdo, el mediador elabora un acta que debe ser leída y firmada por los participantes y él, quien le entrega una copia a cada parte y la remite al tribunal para su aprobación.
Si no hay acuerdo el mediador debe elaborar un acta de término señalando por qué la mediación se frustro, la que debe, en lo posible ser firmada por los participantes, debiendo el mediador entregar copia de ella, y el interesado podrá iniciar así el juicio.

Se recomienda a quienes enfrenten una mediación, ya sea el solicitante o el solicitado, concurrir asesorado por un abogado de manera de conocer sus derechos respecto de la materia sometida a mediación. ; las consecuencias de no mediar, y saber los tips de negociacion.


Cualquier consulta o dificultad, escríbanos a contacto@czabogados.cl
Publicado por: MFP

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