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martes, 21 de octubre de 2014

Petición de información en el marco de la Ley 20.285. NIC



El día 20 de octubre de 2014, NIC Chile envío un correo masivo solicitando autorización para la entrega de información del sitio web empresarial a un particular. En caso que no desee entregar la información adjunto carta borrador.



Saludos

miércoles, 27 de febrero de 2013

COMPRAVENTA DE AUTOMÓVIL


¿Qué documentos son necesarios para vender un vehículo?

a) Si se trata de un automóvil particular, solo se necesita el padrón del vehículo, el permiso de circulación vigente y las cédulas de identidad del vendedor y del comprador.
b) Si se trata de taxis, camionetas o camiones destinados al transporte de carga ajena, además de los documentos anteriores se requiere dar aviso de la venta al Servicio de Impuestos Internos.
En esta Notaría se exige adicionalmente, en cualquiera de las dos situaciones anteriores, un "Certificado de Anotaciones" expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de manera que el comprador pueda saber si el vehículo está o no gravado con prenda o si existe algún impedimento legal para la venta como podría ser, por ejemplo, una medida precautoria judicial o un embargo.
Finalmente, al momento de suscribir el contrato de compraventa, las partes deberán acreditar el pago del impuesto municipal a la transferencia de vehículos motorizados, que actualmente asciende al 1,5% del precio estipulado o del valor de su tasación fiscal, según lo que sea más alto. Por regla general esto puede ser pagado directamente en notaría y ellos se encargarán de pagarlo. 


Publicado por Paulina Zamora Villalobos

miércoles, 5 de septiembre de 2012

AUTORIZACIÓN A MENORES DE EDAD PARA SALIR DEL PAÍS

Los menores de 18 años requieren autorización para salir del país en los siguientes casos:
  • Menor que viaja solo: requiere la autorización de ambos padres.
  • Menor que viaja acompañado por uno de sus padres: Requiere la autorización del otro  progenitor.
  • Menor que viaja acompañado por uno de sus padres o de un tercero que tiene la tuición legal de menor: requerirá la autorización del otro progenitor si se encuentra regulada la relación directa y regular (derecho de visitas), en cuyo casi éste también deberá otorgar la autorización.
CARTA DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE:
El padre a quien le corresponde dar la autorización deberá ir notaría con los siguientes documentos:
  • Cédula de identidad de quien o quienes autorizan la salida del menor
  • Certificado de nacimiento del menor o libreta de familia para demostrar que son los padres
  • Cédula de identidad del menor
  • Carta de autorización de viaje.
El notario público autorizará la carta con los documentos a la vista.

CASOS ESPECIALES:
  • Si uno de los padres ha fallecido: Además de la libreta de familia o certificado de nacimiento del menor, se debe presentar el certificado de defunción del padre o la madre fallecida.
  • Uno de los padres no es ubicado para dar la autorización: se debe solicitar al juzgado de familia correspondiente al domicilio del menor la autorización requerida.
  • Uno de los padres se niega a dar la autorización sin motivo fundado: La autorización debe solicitarse al juzgado de Familia correspondiente al domicilio del menor.
  • Autorización en Juzgado de Familia: con la asesoría de un abogado, se debe presentar en el tribunal la autorización de salida del menor del país, en esta se fundarán las razones del viaje el Tribunal citará a la audiencia preparatoria al otro progenitor o a quien corresponda otorgar la autorización. En caso de que el citado no concurra a dicha audiencia y/o existan antecedentes suficientes para autorizar la salida del país, el juez podrá pronunciarse en esa misma audiencia respecto de la solicitud.
  • Incumplimiento de la relación directa y regular (visitas): En caso de que quien esté a cargo del cuidado personal del menor demuestre que el otro progenitor, injustificadamente, no ha cumplido con mantener una relación directa y regular (régimen de visitas) con su hijo, el juez podrá autorizar a quien tenga su cuidado personal para salir de país con él en distintas ocasiones, por un máximo de 15 días cada vez, durante los dos años siguientes.
  • En el caso de los hijos adoptados: los padres adoptivos deben autorizar la salida

MODELO CARTA AUTORIZACIÓN NOTARIAL

Santiago, a ___ de _____año__. (Nombre completo de quien autoriza)____ , Nacionalidad______________, Rut:________________________,  vengo por este acto a  autorizar para que salga del país, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 16.618, a mi hijo menor de edad
Nombre:
Edad:
Rut:
Fecha de Nacimiento:
Domiciliado en:

Que se brinda la autorización exclusivamente para que salga del país 
Destino:
En compañía de:
De Nacionalidad
Rut:
Estado Civil
Profesión u Oficio
Mayor de edad y con domicilio en:  

Que la autorización se otorga para que se ausente del país por el término de _____ días, contados desde el día ____________- debiendo retornar al país el día_____

Que la residencia habitual de él menor es___________________y que el permiso de salida del país que en este acto se otorga  no autoriza el cambio de residencia del mismo.

Que la autorización prestada por este instrumento en ningún caso habilita para gestionar la entrega de adopción del niño en el extranjero.

Que en el evento de no cumplirse cabalmente lo señalado en el presente premiso de salida del país se configurará la causal de retención ilícita del niño ya individualizado, resultando aplicable la convención d la haya sobre Aspectos civiles de Secuestro Internacional, de 1980, por  lo que la restitución de los niños se podrá solicitar aplicando dicho convenio.

En comprobante y previa lectura firman.
 __________________________________________________
Para mayor información los invitamos a ingresar a: http://www.minrel.gob.cl/prontus_minrel/site/artic/20080619/pags/20080619154040.php

Si usted quiere conocernos, tiene algún problema legal o duda, haga sus consultas en nuestro blog o escribanos directamente a contacto@czabogados.cl. También puede solicitar una reunión gratuita al teléfono             +(56-02) 656 93 66      

lunes, 23 de julio de 2012

CARTA DE RENUNCIA - MODELO

IMPORTANTE: Usted NO debe presentar esta carta si desea iniciar acciones legales por despido indirecto o autodespido en caso de incumplimiento grave de las obligaciones del contrato de trabajo por parte del empleador. En este caso usted requiere asesoría legal.


El numeral 2 del art. 159 del Código del Trabajo señala que el contrato de trabajo terminara, entre otros, por: “Renuncia del trabajador, dando aviso a su empleador con treinta días de anticipación, a lo menos”.

Conforme el art. 177 del Código del Trabajo la comunicación de la renuncia debe otorgarse por escrito y ratificada ante un Ministro de fe, siendo los típicos un Notario Público o un Funcionario de la Inspección del Trabajo. Cabe señalar que la ratificación de la carta renuncia ante la Dirección del Trabajo es gratuita y sólo se requiere del carné de identidad.

Finalmente, la carta debe presentarse con copia a fin de guardar una de respaldo. A continuación entregamos un borrador de carta renuncia:

Santiago, ___ de ___ de ____

Sres.
Empresa:
RUT:
Dirección:

Ref. Carta comunica renuncia voluntaria


De mi consideración:

            Por medio de la presente comunico a ustedes que en conformidad a los artículos 159 N° 2 y 177 del Código del Trabajo y por motivos estrictamente personales, me veo en la necesidad de presentar mi renuncia voluntaria, la cual se hará efectiva a contar del día ______________________.


Atentamente



Firma     _______________
Nombre _______________
Rut         _______________


Solicite nuestra asesoría a contacto@czabogados.cl | Teléfono +(56-2) 253 36 177